Debido a que Puebla y otras 22 entidades no cuentan con un registro Estatal de Personas Desaparecidas, este día colectivos como el de Paulina Camargo, Uniendo Cristales entre otros, al igual que integrantes de la Clínica Minerva Calderón de la IBERO, interpusieron un amparo el cual hoy fue entregado al Poder Judicial de la Federación para obligar a estos estados a contar con un padrón oficial.
#Entérate | La Clínica Jurídica Minerva Calderón de @IberoPuebla junto con Colectivos de Personas Desaparecidas presentaron un amparo ante el Poder Judicial Federal, por la omisión de un Registro Estatal de Personas Desaparecidas #Puebla pic.twitter.com/6CaEx2PAQA
— Diario Cambio (@Diario_Cambio) February 6, 2024
Cabe resaltar que, entre los estados que no cuentan con este registro oficial de personas desaparecidas son Puebla, Coahuila, Nuevo León, Ciudad de México, Querétaro, Guerrero, entre otros, por lo que los integrantes de la Clínica Minerva Calderón se cuestionaron lo siguiente: ¿”Si en estos estados no existe un registro oficial de personas desaparecidas, de dónde está sacando sus datos la federación para dar a conocer los casos a nivel nacional?”
Algo preocupante está sucediendo en 23 estados de la República Mexicana incluyendo Puebla, pues estos no cuentan con un padrón oficial de personas desaparecidas, lamentablemente al no existir, se presenta el desfase de información con los datos con los que cuenta la federación, pues estos se basan en lo que les proporciona cada entidad federativa para realizar el desglose de casos de personas desaparecidas.
Ante ello integrantes de la Clínica Jurídica Minerva Calderón de la IBERO realizaron un análisis hecho de la Ley General y la Ley Estatal en Materia de Desaparición y ahí se percataron de que es necesario crear y operar un Registro Estatal de Personas Desaparecidas que esté a cargo de la Comisión de Búsqueda de Personas del estado de Puebla.
Este registro lamentablemente es inexistente, hecho que se comprobó a través de una búsqueda realizada en los medios oficiales de la propia institución e incluso a través de pláticas sostenidas con algunos integrantes de la Comisión de Búsqueda local.
Además, Puebla no es la única entidad con esta omisión, pues hay diversos estados donde tampoco existe registro estatal. Por tal motivo, se generó contacto y vinculación con diversos colectivos y asociaciones civiles de familiares de personas desaparecidas, donde se les explicó el objetivo de la presentación de los amparos en cada uno de los estados que se encontraban en la misma situación.
El amparo servirá para hacerse de las obligaciones que las autoridades estatales tienen respecto de la creación y operación del Registro Estatal de Personas Desaparecidas, mismo que debe alimentar el registro nacional y fortalecer el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.
Al no haber un registro oficial, únicamente se obstaculiza que la sociedad conozca la gravedad de este delito, atendiendo a las verdaderas cifras de los casos de desaparición existentes. También causa afectación porque este registro estatal debe suministrar los datos para el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas.
Por medio de dicho amparo indirecto se busca reconocer el hecho de que las Comisiones de Búsqueda locales están incumpliendo con las obligaciones que les impone la Ley General en Materia de Desaparición.

Fernanda Escobedo
@mf_escobedo