Friday, 26 de April de 2024

Presenta perredista nueva ley vs discriminación, similar a la existente

Viernes, 24 Octubre 2014 01:45
Se dará mayor inclusión a los organismos de la sociedad. La propuesta de Socorro Quezada hace referencia a 40 acciones que pueden generar discriminación como difundir información no autorizada sobre las condiciones de salud de una persona, o negar los servicios médicos a personas con VIH.
  • Osvaldo Macuil Rojas



Pese a que ya existe una ley para prevenir y eliminar la discriminación aprobada en la legislatura anterior, la perredista Socorro Quezada Tiempo presentó una propuesta similar a la existente, en la que la diferencia sustancial es la creación de un consejo estatal que vigile el tema, en lugar de comités, además de que se establecen conductas discriminatorias.



Durante la sesión ordinaria del Congreso local la diputada local presentó la propuesta legislativa en la cual se pretende dar mayor inclusión a las organizaciones civiles, pues mientras que en el documento que se aprobó en noviembre de 2013 se establece que los comités para prevenir la discriminación estarán integrados por tres representantes de la sociedad civil, en el que se presentó ayer se propone que sean seis personas, y de igual modo serán elegidos cada tres casos por el Congreso local.



En la explicación de motivos, Socoro Quezada detalló que la anterior ley no se ha aplicado correctamente debido a la falta de reglamento y no ha sido actualizada al marco legal federal que fue modificado este año.



“Por esta razón, en el sentido progresivo que el legislante debe considerar para la protección de derechos, se debe lograr que la legislación en Puebla sea analizada y adecuada a las nuevas realidades que producen discriminación”.



 



Conductas discriminatorias



La propuesta de Socorro Quezada, en su artículo 6 hace referencia a 40 acciones que pueden generar discriminación como la prestación de servicios a personas adultas o con alguna discapacidad, difundir información no autorizada sobre las condiciones de salud o negar los servicios médicos a personas portadoras de VIH.



De igual modo, se establece que no se pueden condicionar las oportunidades de empleo, permanencia o ascenso laboral en razón de embarazo, discapacidad, orientación sexual o identidad de género, edad o motivos injustificados de salud.

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