Friday, 29 de March de 2024


+ Más de Doctrina Sánchez Cordero + Balanza de justicia: víctimas o pillos




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1.- El símbolo de la Corte Suprema de Justicia es un águila con las alas extendidas y a sus pies una espada, una rama de olivo y la balanza de la justicia. A diferencia del emblema histórico de la justicia, el de la Corte no es una mujer con los ojos tapados.  

 

La parte más significativa es la balanza de la justicia, el equilibrio entre el bien y el mal. En el caso de Florence Cassez la solución judicial era entre las víctimas de los secuestradores de la banda de Los Zodiacos y la francesa que formaba parte de ese grupo delictivo. La decisión era de economía cero: lo que ganaba una parte la perdía la otra.

 

 

El resultado final lo definió la propia Cassez: “la Corte (los ministros Alfredo Gutiérrez, Arturo Zaldívar y Sánchez Cordero) me concedió mi inocencia”. La decisión de la Doctrina Sánchez Cordero inclinó la balanza hacia el lado de la delincuente procesada y sentenciada en base a pruebas suficientes en su contra y lo hizo en nombre de los derechos humanos.

 

 

Con ese fallo, la Corte llevó a definiciones de fondo el tema de los derechos humanos: jurídicamente, la única que viola los derechos humanos es la autoridad; el particular que sufre en sus derechos a manos de otros particulares carece de instancias porque su denuncia se encamina por un proceso judicial. Y si los derechos humanos ascendieron a derecho constitucional, los vigilantes de la constitucionalidad tendrían la obligación de aplicarlos para beneficiar a la víctima y no al delincuente.

 

 

En la dimensión de peso, el delito mayor fue el sufrido por las víctimas de Los Zodiaco, banda criminal a la que pertenecía Cassez a través de su novio Israel Vallarta, y no la delincuente que violó la ley con los secuestros. Al final, la Doctrina Sánchez Cordero le dio mayor valor a la violación de los derechos humanos de una delincuente que a los derechos humanos de las víctimas de los secuestros. El dilema era entre las víctimas y la delincuente.

 

 

2.- El caso Cassez evidenció los errores de tiempo en la introducción de los derechos humanos en la doctrina constitucional, porque los ministros Gutiérrez, Zaldívar y Sánchez Cordero la defendieron con tanta precisión como si México tuviera un sistema judicial suizo. Pero aún con esos desbalances, hay que insistir que el caso Cassez tuvo dos escenarios: las pruebas antes y después del montaje y el peso moral de las víctimas. Así, la justicia de la ministra Sánchez Cordero fue ciega pero evidentemente desbalanceada a favor de una delincuente sentenciada en base a pruebas contundentes.

 

 

Lo que viene ahora es la avalancha de revisiones de casos: importantes narcotraficantes pueden solicitar amparo en la Corte Suprema porque muchos de ellos fueron presentados ante los medios como delincuentes justo después de su arresto, sin cumplir con el principio de presunción de inocencia. Esas presentaciones sin duda que los marcaron como delincuentes antes de cualquier juicio legal y pueden ser caracterizadas como montaje.

 

 

3.- El caso Cassez debe revisar el asunto de los derechos humanos en su doble vertiente: de un lado, el beneficio para delincuentes ante presuntos abusos de la autoridad; y de otro, la subordinación del orden legal y constitucional a tratados internacionales que han implicado una especie de violación de la soberanía judicial.

 

 

Los principios de los derechos humanos a la Constitución han llevado al Estado mexicano a una noción de Estado fallido porque le han limitado su actuación. El Estado --señala uno de los más importantes teóricos contemporáneos, Alessandro Passerin d'Entrèves-- tiene tres funciones básicas: como fuerza, como autoridad y como poder. La definición anterior era más agresiva: el Estado es el monopolio de la fuerza y la represión, en función de su tarea de mantener la soberanía de enemigos externos e internos. Los derechos humanos han debilitado al Estado, cuando la salida en todo caso era la de endurecer las sanciones a violaciones de garantías. Los derechos humanos han dejado un Estado desarmado, indefenso e incapaz de luchar contra la inseguridad y la delincuencia.

 

 

4.- ¿Dónde están los defensores de las víctimas, los mismos que obligaron al gobierno a promulgar una ley de víctimas? Los secuestrados que fueron rescatados por policías federales en diciembre del 2005 vieron con espanto que la Doctrina Sánchez Codero apeló a la pureza del derecho para liberar a Cassez y otorgarle el certificado de impunidad en base al criterio de que el montaje policiaco para reconstruir el rescate para la televisión contaminó todo el proceso, cuando otros ministros señalaron la existencia de pruebas suficientes de antes del montaje. Los secuestrados son unas víctimas sin defensores. ¿Dónde anda Javier Sicilia frente al caso Cassez?

 

 

De ahí que la aplicación de la Doctrina Sánchez Cordero del derecho puro y llano le dio más peso específico a los derechos humanos de la delincuente Cassez; es decir, la justicia fue ciega aunque balanceada a favor de la corresponsable de los secuestros. Ahí quedó claro que las víctimas tendrán menor atención en la Corte Suprema cuando delincuentes violen criminalmente sus derechos, porque ahí escucharán más a los delincuentes que sufrieron alguna clase de atropello por parte de las autoridades.

 

 

5.- La aplicación a rasa tablade los derechos humanos está llevando a la justicia, paradójicamente, a niveles altos de injusticia; así, la Corte Suprema, los jueces y la Constitución serían una especie de “justos sin justicia”. Gracias a la ministra Sánchez Cordero, la delincuente Cassez regresó a Francia como heroína, mientras las víctimas de los secuestros se quedaron en México viendo con horror a su secuestradora salir libre a pesar de haber sido juzgada y sentenciada.

 

 

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