Viernes, 26 de Abril del 2024

Avanza en el Congreso la revocación de licencia para manejar y cárcel para cafres

Jueves, 29 Octubre 2020 02:12
Avanza en el Congreso la revocación de licencia para manejar y cárcel para cafres

Puebla reportó el año pasado 97 carpetas de investigación derivadas de muertes en accidentes de tránsito, resaltando que la mayoría se les atribuían a conductores en estado de ebriedad

José Campos

@josecamp11



 


El Congreso del Estado aprobó en Comisiones la revocación de la licencia de conducir y hasta 15 años de prisión a quien atropelle y cause la muerte de una persona mientras maneja en estado de ebriedad, ya sea conductor de auto particular o de transporte público; asimismo, incrementaron la sanción a seis años de prisión a quien abandone a un menor de edad, persona de la tercera edad o persona con discapacidad que no pueda valerse por sí sola.


La Comisión de Procuración y Administración de Justicia aprobó por unanimidad modificaciones a los artículos 85 y 86 del Código Penal del Estado de Puebla para incrementar las sanciones en contra de personas que maten a alguien por conducir en estado de ebriedad.


Como una primera medida, las diputadas aprobaron que a los conductores particulares que cometan este delito se les revocaría de manera definitiva la licencia de conducir; asimismo, en el caso de tratarse de conductores del transporte público se aplicará la misma sanción y además serán acreedores a una pena de 15 años de prisión.


Las diputadas Olga Lucía Romero Garci-Crespo y María del Carmen Cabrera Camacho reconocieron la importancia de las modificaciones ya que Puebla reportó el año pasado 97 carpetas de investigación derivadas de muertes en accidentes de tránsito, resaltando que la mayoría se les atribuían a conductores en estado de ebriedad.


Hasta seis años a quien cometa abandono familiar


Por otro lado, también aprobaron por unanimidad aumentar la pena de cinco meses a seis años de prisión a las personas irresponsables que abandonen a su hijo o hija, adolescente, persona de la tercera edad o persona con discapacidad que no pueda valerse por sí misma, afectando su calidad de vida.


Las reformas fueron promovidas por la diputada Mónica Lara Chávez y modificaron al artículo 346 del Código Penal en materia de abandono familiar para incrementar las penas que se mantenían entre cuatro meses y tres años de prisión para quien cometiera este delito.


Ahora, la persona que abandone a un niño o niña o adolescente incapaz de cuidarse por sí solo, una persona de la tercera edad, persona enferma o persona con discapacidad, enfrentará una sanción de cinco meses a seis años de prisión, además de que perderá el derecho de tutela de manera definitiva.