Las bebidas alcohólicas serán reguladas en la entidad pues solamente podrán ser consideradas como tales aquellas que contengan entre un 2 por ciento y 55 por ciento de alcohol etílico, después de que se han registrado múltiples decesos de personas por el consumo de bebidas adulteradas, tras modificaciones que se aprobaron en la Comisión de Salud a la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado.
En la discusión las legisladoras avalaron dichas reformas al recordar que se han presentado casos de personas que mueren a consecuencia del consumo de bebidas adulteradas, siendo un tema que debe de ser atendido por los tres niveles de gobierno.
“Para los efectos de esta ley se consideran bebidas alcohólicas aquellas que contengan alcohol etílico en una proporción de 2 por ciento hasta 55 por ciento en volumen”, dice el artículo 3 de la Ley para la Venta y Suministro de Bebidas Alcohólicas del Estado que fue reformado.
Entre las modificaciones también se encuentra reformar el artículo 8, con el cual el personal de la Fiscalía General del Estado podrá solicitar información a los establecimientos la exhibición de sus licencias para la venta y suministro de dicho tipo de bebidas.
“El personal de la Fiscalía General del Estado, en el ejercicio de sus facultades y atribuciones de investigación de delitos, podrá solicitar a los establecimientos la exhibición de las licencias o permisos para la venta y suministro de bebidas alcohólicas”, dice la modificación avalada.
David Meléndez
@dav_ms6