Miercoles, 01 de Mayo del 2024

SCJN invalida dos fracciones de dos artículos de la Ley del Notariado por violentar derechos

Martes, 04 Octubre 2022 00:23
SCJN invalida dos fracciones de dos artículos de la Ley del Notariado por violentar derechos

Señala que se atenta vs la presunción de inocencia el apartado donde se exige suspender a los notarios en caso de que se encuentre vinculado a proceso por un delito grave

David Meléndez

@dav_ms6



La Suprema Corte de Justicia de la Nación le dio un revés más al Congreso del Estado al invalidar disposiciones de la nueva Ley del Notariado, entre las que se encuentran la suspensión de un fedatario por estar vinculado a proceso.


En sesión los ministros dieron respuesta a una acción de inconstitucionalidad que presentó la Comisión Nacional de Derechos Humanos en contra del marco normativo poblano, identificada como la 61/2021.


De esta manera es que se procedió a analizar el proyecto presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien planteó la invalidación de la fracción I del artículo 51, así como la I del 201.


En este sentido se destaca lo referente al artículo 201, en donde se plantea que un notario podrá ser suspendido en caso de que se encuentre vinculado a proceso penal por un delito grave.


Según el fallo de la SCJN, esta disposición de la Ley del Notariado de la entidad poblana incurre en una violación al principio de presunción de inocencia que se tiene en dichos escenarios.


Se argumentó que el estar bajo esta premisa solo señala una probabilidad de estar relacionado a un acto ilícito, más no afirma que haya una responsabilidad por parte del acusado.


Dentro de las disposiciones que la Corte devenga también se encuentra el requisito que para poder acceder a la titularidad de una notaría se encuentra que se debe de ser mexicano o mexicana de nacimiento.


Esto debido a que dicha obligatoriedad se encuentra contemplada dentro de la fracción I del artículo 51 donde se hacen mención a los requisitos que se necesitan para ello.


Cabe recordar que estas disposiciones que ahora se anulan entraron en vigor el 5 de marzo del año pasado, siendo aprobadas por la anterior legislatura.

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