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 Propuesta priista obstaculiza el acceso a la información El PRI está protegiendo su manera de gobernar, asegura Leonardo Corro
 El ex director de Transparencia del ayuntamiento dogerista dice que la iniciativa de la bancada del tricolor para la reforma la Ley de Transparencia violenta las disposiciones constitucionales, bloquea y complica la adquisición de datos públicos y es mediocre
 Selene Ríos Andraca
   Leonardo  Corro Fernández, ex director de la   Unidad de Acceso a la Información Pública  del Ayuntamiento capitalino, advirtió que si el Congreso local aprueba la  iniciativa priista para la Ley  de Transparencia es factible la presentación de una controversia constitucional  ante la Suprema Corte  de Justicia de la Nación,  porque la propuesta del tricolor violenta y obstaculiza el acceso a la  información. Sobre  el planteamiento del PRI para bloquear cualquier posibilidad de hacer públicas  las declaraciones patrimoniales, Corro Fernández aseguró: “Parece que se están  sintiendo culpables. Es como dicen, explicación no pedida, acusación  manifiesta.”
 El  titular de la Dirección  de Acceso a la Información  durante el trienio de Enrique Doger Guerrero acusó de mediocre la iniciativa  priista: “Porque se está quedando en el punto, no va más para allá Es una  propuesta que cumple de manera rigorista con la letra, pero no con el espíritu  de la Ley (…) no  mejora el acceso, al contrario, lo bloquea.”
 Corro  Fernández criticó a la fracción priista por negarse a brindarle autonomía a la Comisión para el Acceso a  la Información Pública  (CAIP) por contravenir con las disposiciones constitucionales del sexto artículo  y por provocar que un retroceso en materia de acceso a la información pública.
 A  decir de Leonardo Corro la controversia constitucional se puede presentar  debido a que la iniciativa priista está ignorando dos de las siete bases de la  reforma al artículo sexto constitucional aprobada el año pasado por el Congreso  de la Unión.
 El  primer caso se trata de la tercera base que establece: “Toda persona, sin  necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá  acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales y a la  rectificación de éstos.”
 Empero,  el planteamiento de agregar un segundo párrafo al artículo 36, transgrede la  base, debido a que obliga al pago por la información requerida y anula el  acceso a información vía electrónica.
 “Si  la solicitud se formula por los medios electrónicos disponibles y no precisan  tanto la información que solicitan como la forma o medio en que quieren que se  ponga a su disposición, proporcionan datos falsos o no pagan las  contraprestaciones respectivas, los Sujetos Obligados no podrán ser obligados a  proporcionar la información solicitada”, plantea el documento priista.
 La  falta de autonomía a la   Comisión para el Acceso a la Información Pública  (CAIP) violenta la cuarta base: “Se establecerán mecanismos de acceso a la  información y procedimientos de revisión expeditos. Estos procedimientos se  sustanciarán ante órganos y organismos especializados e imparciales y con  autonomía operativa de gestión y decisión.”
 La  bancada del PRI, dijo Leonardo Corro, ignoró también que el organismo garante  será el encargado de regir la transparencia de los tres Poderes, de los  ayuntamientos y organismos descentralizados.
 La  conclusión de Leonardo Corro en torno a la iniciativa priista es que el  tricolor está protegiendo su forma de gobierno “pero no está apostando a la  gobernabilidad ni a la participación de los ciudadanos, restándole  competitividad a la administración”.
 —Esta  nueva adición al artículo dos, que cancela la posibilidad de hacer públicas las  declaraciones patrimoniales, ¿coincides?— se le preguntó a Leonardo Corro.
 —En  los funcionarios es un tema complicado, porque se habla de la vida privada,  pero siempre queda esta cuestión, ¿hasta donde es pública la información  privada? Siempre será ambiguo ese tema. Pero, pues tendría que haber una  obligación de que algunos funcionarios hagan público su patrimonio, para  conocer si se ha enriquecido de manera poco clara.
 —La  ley vigente no habla directamente de los patrimonios, ahora lo que hacen es un  escudo.
 —Claro  que la actual se le reconoce como información privada, pero se deja a decisión  del funcionario hacerlo o no.
 —Pero  ahora están bloqueando la voluntad política con esta fracción.
 —Parece  que se están sintiendo culpables. Es como dicen, explicación no pedida,  acusación manifiesta.
 —Ahora,  el artículo 31 establece que se puede presentar un recurso de revisión vía  electrónica, pero que se tiene que ratificar personalmente en la unidad…
 —Se  pierde el sentido de manejar los datos vía electrónica, y de la universalidad  de los recurrentes, es decir, no cualquier ciudadano puede tener acceso a la  información por el simple hecho de que no todos los recurrentes viven en la  capital. Se está obstaculizando el acceso, no se está facilitando. Un  recurrente de la sierra tendrá que hacer cuatro horas de viaje solamente para  ratificar un procedimiento muy sencillo.
 —¿La  consideras retrógrada?
 —Es  una ley que no está favoreciendo el acceso a al información. Mira, me parece  importante mencionar que es preocupante que no ampliaran la lista de los  sujetos obligados, es decir, cierra la posibilidad de que organizaciones no  gubernamentales transparenten los donativos o que los propios partidos  políticos aclaren quién los está financiando, en el país sigue siendo un  misterio quién paga las precampañas.
 —¿Mediocre?
 —Lo  es, porque se está quedando en el punto, no va más para allá.
 —Ahora,  ¿crees que es violatoria al derecho a la información, por las trabas  establecidas, como el pago forzoso, la ratificación personal…?
 —Claro.  Si quedara en estos términos sí. Ahora ni la iniciativa del PAN ni la del PRI  son buenas, no avanzan, sólo amplían la lista de los sujetos obligados, pero no  van más allá. Si queda así, es posible que se pueda interponer una controversia  constitucional porque no está garantizando el acceso a la información  gubernamental.
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