Propuesta priista obstaculiza el acceso a la información


El PRI está protegiendo su manera de gobernar, asegura Leonardo Corro


El ex director de Transparencia del ayuntamiento dogerista dice que la iniciativa de la bancada del tricolor para la reforma la Ley de Transparencia violenta las disposiciones constitucionales, bloquea y complica la adquisición de datos públicos y es mediocre


Selene Ríos Andraca

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Leonardo Corro Fernández, ex director de la Unidad de Acceso a la Información Pública del Ayuntamiento capitalino, advirtió que si el Congreso local aprueba la iniciativa priista para la Ley de Transparencia es factible la presentación de una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, porque la propuesta del tricolor violenta y obstaculiza el acceso a la información.


Sobre el planteamiento del PRI para bloquear cualquier posibilidad de hacer públicas las declaraciones patrimoniales, Corro Fernández aseguró: “Parece que se están sintiendo culpables. Es como dicen, explicación no pedida, acusación manifiesta.”


El titular de la Dirección de Acceso a la Información durante el trienio de Enrique Doger Guerrero acusó de mediocre la iniciativa priista: “Porque se está quedando en el punto, no va más para allá Es una propuesta que cumple de manera rigorista con la letra, pero no con el espíritu de la Ley (…) no mejora el acceso, al contrario, lo bloquea.”


Corro Fernández criticó a la fracción priista por negarse a brindarle autonomía a la Comisión para el Acceso a la Información Pública (CAIP) por contravenir con las disposiciones constitucionales del sexto artículo y por provocar que un retroceso en materia de acceso a la información pública.


A decir de Leonardo Corro la controversia constitucional se puede presentar debido a que la iniciativa priista está ignorando dos de las siete bases de la reforma al artículo sexto constitucional aprobada el año pasado por el Congreso de la Unión.


El primer caso se trata de la tercera base que establece: “Toda persona, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales y a la rectificación de éstos.”


Empero, el planteamiento de agregar un segundo párrafo al artículo 36, transgrede la base, debido a que obliga al pago por la información requerida y anula el acceso a información vía electrónica.


“Si la solicitud se formula por los medios electrónicos disponibles y no precisan tanto la información que solicitan como la forma o medio en que quieren que se ponga a su disposición, proporcionan datos falsos o no pagan las contraprestaciones respectivas, los Sujetos Obligados no podrán ser obligados a proporcionar la información solicitada”, plantea el documento priista.


La falta de autonomía a la Comisión para el Acceso a la Información Pública (CAIP) violenta la cuarta base: “Se establecerán mecanismos de acceso a la información y procedimientos de revisión expeditos. Estos procedimientos se sustanciarán ante órganos y organismos especializados e imparciales y con autonomía operativa de gestión y decisión.”
La bancada del PRI, dijo Leonardo Corro, ignoró también que el organismo garante será el encargado de regir la transparencia de los tres Poderes, de los ayuntamientos y organismos descentralizados.


La conclusión de Leonardo Corro en torno a la iniciativa priista es que el tricolor está protegiendo su forma de gobierno “pero no está apostando a la gobernabilidad ni a la participación de los ciudadanos, restándole competitividad a la administración”.


—Esta nueva adición al artículo dos, que cancela la posibilidad de hacer públicas las declaraciones patrimoniales, ¿coincides?— se le preguntó a Leonardo Corro.


—En los funcionarios es un tema complicado, porque se habla de la vida privada, pero siempre queda esta cuestión, ¿hasta donde es pública la información privada? Siempre será ambiguo ese tema. Pero, pues tendría que haber una obligación de que algunos funcionarios hagan público su patrimonio, para conocer si se ha enriquecido de manera poco clara.


—La ley vigente no habla directamente de los patrimonios, ahora lo que hacen es un escudo.


—Claro que la actual se le reconoce como información privada, pero se deja a decisión del funcionario hacerlo o no.


—Pero ahora están bloqueando la voluntad política con esta fracción.


—Parece que se están sintiendo culpables. Es como dicen, explicación no pedida, acusación manifiesta.


—Ahora, el artículo 31 establece que se puede presentar un recurso de revisión vía electrónica, pero que se tiene que ratificar personalmente en la unidad…


—Se pierde el sentido de manejar los datos vía electrónica, y de la universalidad de los recurrentes, es decir, no cualquier ciudadano puede tener acceso a la información por el simple hecho de que no todos los recurrentes viven en la capital. Se está obstaculizando el acceso, no se está facilitando. Un recurrente de la sierra tendrá que hacer cuatro horas de viaje solamente para ratificar un procedimiento muy sencillo.


—¿La consideras retrógrada?


—Es una ley que no está favoreciendo el acceso a al información. Mira, me parece importante mencionar que es preocupante que no ampliaran la lista de los sujetos obligados, es decir, cierra la posibilidad de que organizaciones no gubernamentales transparenten los donativos o que los propios partidos políticos aclaren quién los está financiando, en el país sigue siendo un misterio quién paga las precampañas.


—¿Mediocre?


—Lo es, porque se está quedando en el punto, no va más para allá.


—Ahora, ¿crees que es violatoria al derecho a la información, por las trabas establecidas, como el pago forzoso, la ratificación personal…?


—Claro. Si quedara en estos términos sí. Ahora ni la iniciativa del PAN ni la del PRI son buenas, no avanzan, sólo amplían la lista de los sujetos obligados, pero no van más allá. Si queda así, es posible que se pueda interponer una controversia constitucional porque no está garantizando el acceso a la información gubernamental.

 


 
 
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