La CAIP quiere reivindicarse


Le exige al gobierno estatal hacer público su gasto en medios de comunicación


Por unanimidad los comisionados pidieron a la Oficina del Titular del Ejecutivo y a la Secretaría de Finanzas entregue al ciudadano Ernesto Aroche un desglose de los gastos, copias de los convenios sostenidos con los medios de comunicación y las pautas de los spots televisivos y radiofónicos


Selene Ríos Andraca

 

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Tras la crisis de credibilidad que sufre la Comisión para el Acceso a la Información Pública por el escándalo de su presidente Antonio Juárez Acevedo, la CAIP busca reivindicar su imagen ante los ciudadanos, al exigirle al gobierno de Mario Marín Torres que haga público el gasto realizado en actividades de comunicación social y promoción de la imagen de las dependencias desde el inicio del sexenio hasta el 31 de octubre de 2007.


Ayer, por unanimidad los tres comisionados de la CAIP le pidieron a la Oficina del Titular del Ejecutivo y a la Secretaría de Finanzas y Administración que le entregue al ciudadano Ernesto Aroche un desglose de los gastos, copias de los convenios sostenidos con los medios de comunicación y las pautas de los spots televisivos y radiofónicos.


El recurrente solicitó la información a Finanzas, Oficina del Ejecutivo y a la Secretaría de Desarrollo, Evaluación y Control de la Administración Pública (Sedecap), mismas que argumentaron que ellas no tenían acceso a la información, empero, el comisionado Samuel Rangel falló a favor del ciudadano y le exigió a las dos primeras dependencias entregar la información en los próximos 15 días hábiles.


Tras el escándalo y el proceso administrativo que enfrenta Juárez Acevedo por haberle mentido al Congreso local al nominarse como candidato a comisionado pese a estar impedido por la propia Ley de Transparencia por ser secretario general de una agrupación política, la CAIP resurge en los medios de comunicación fallando en contra del gobierno marinista.


Ernesto Aroche solicitó a través de la página de Acceso a la Información Pública del gobierno marinista lo siguiente: “Información referente al gasto efectuado por el gobierno del estado en promoción, publicidad y difusión en los diversos medios de información relacionados con las actividades de comunicación social y la promoción de la imagen institucional de las dependencias y entidades, desde enero de 2004 a la fecha. Con el informe desglosado anual que contenga: empresa y razón social, monto recibido y servicio prestado, por dependencia y entidades”.


En su misma incluyó una solicitud del “Informe del gasto destinado a la promoción en medios de comunicación en 2004, 2005, 2006 y hasta el 31 de octubre de 2007, que contenga además las pautas de transmisión de los spots televisivos y radiofónicos y las órdenes de inserción en medios impresos, desglosado por empresa mediática, sea local, nacional o internacional. También solicito copias de todos los contratos firmados para el cumplimiento de ese servicio.”


Esta solicitud es una de las más completas que un ciudadano haya solicitado sobre el tema del gasto efectuado por la administración estatal en publicidad, promoción y convenios con los medios de comunicación, porque incluso detalló los capítulos de gastos especificados en las leyes de Ingresos y Egresos.


Samuel Rangel argumentó en su resolución que Finanzas estaba negando la información sin ninguna base jurídica, puesto que la Secretaría comentó: “Esta dependencia no cuenta con la información en la forma en que fue solicitada, por lo que no es posible realizar la entrega material de la misma.”


Y el argumento del comisionado fue: “En efecto, si bien es cierto que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla (Ltaipep) no obliga a la autoridad a generar información en un formato en específico, también lo es que sí está obligado a poner a disposición la información solicitada en términos del artículo 37 de la ley, es decir, en la forma en que lo permita la fuente en que se encuentre contenida la información.

 

Por lo anterior, se concluye que no se puede tener por cumplida la obligación de acceso a la información, ya que de la misma respuesta se desprende que la SFA niega la información solicitada únicamente por lo que hace a la forma en que se requirió, sin que esto signifique que no conserve o no tenga dicha información. Por lo que se determina que la SFA deberá poner a disposición la información al hoy recurrente en la forma en que lo permita la fuente.”


Y ante la negativa de la Oficina del Titular del Ejecutivo (OTE) que le dijo al recurrente: “Esta unidad no cuenta con la información en la forma en que fue solicitada, por lo que no es posible realizar la entrega material de la misma”, Rangel también refutó su argumento.

 

La CAIP exigió: “Como se señaló en el considerando anterior la Ltaipep no obliga a la autoridad a generar información en un formato en específico, sin  embargo, la autoridad está obligada a poner a disposición la información solicitada en términos del artículo 37 de la ley de la materia, es decir en la forma en que lo permita la fuente.”

 


 
 
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