Tuesday, 23 de April de 2024

Eukid será un súpercontralor, vigilará al transporte público

Viernes, 13 Diciembre 2013 02:31
El contralor se convierte en el súpercontralor, pues el gobierno del estado mandó una iniciativa para reformar la Ley de Transporte y la Ley Orgánica de la Administración Pública, para establecer las nuevas atribuciones de la Contraloría. Bernardo Huerta Couttolenc se debilita en la ST.
  • Osvaldo Macuil Rojas



Eukid Castañón se consolidó como un “súpercontralor”, ya que asumirá las funciones de supervisión del transporte que actualmente estaban asignadas a la Secretaría de Transporte, a cargo de Bernardo Huerta Couttolenc, quien se debilita tras los rumores de corrupción y la salida del subsecretario Carlos Zurita.



El gobernador Rafael Moreno Valle envió una iniciativa para reformar la Ley de Transporte y la Ley Orgánica de la Administración Pública, para establecer las nuevas atribuciones de la Contraloría, entre las que destacan verificar la tarifa y los recorridos del sistema de transporte público y mercantil.



En la legislación, se adiciona un nuevo artículo en el que se especifican las atribuciones que tendrá el contralor a partir de la aprobación de las propuestas en el Congreso local.



“Vigilar el cumplimiento de las tarifas, itinerarios, recorridos, horarios y frecuencia de paso estipuladas para la prestación del Servicio Público del Transporte y del Servicio Mercantil, según corresponda”, expone el artículo 6 bis que se agrega.



La Contraloría, a cargo de Eukid Castañón, podrá acceder a la base de datos de la Secretaría de Transporte y revisar el estado en que se encuentra la expedición de concesiones, permisos y licencias.



Dicho organismo contará con supervisores para vigilar, controlar y ejecutar las acciones que se le asignan, quienes deberán presentar su declaración patrimonial, pues serán rotados por el titular de la dependencia.



En el artículo 10 de la iniciativa se establece que los supervisores de la Contraloría podrán vigilar y revisar las unidades del transporte público y mercantil, por lo que tendrán que someterse a las pruebas de control de confianza.



Con las reformas, la Contraloría también tendrá la facultad de imponer sanciones de acuerdo al tabulador que emitan con la Secretaría de Transporte; asimismo la dependencia de Eukid Castañón podrá impedir la circulación de las unidades del transporte, cuando no cumplan con los requisitos.



Además, la Secretaría de Transporte ya no tendrá la facultad exclusiva del control de placas, tarjetas de circulación, calcomanías de identificación o permisos del transporte público, pues lo tendrán que hacer en coordinación con la Secretaría de Finanzas.



Ley Orgánica de la Administración



En los cambios a esta legislación, se confirman las nuevas facultades de la Contraloría, pues se incluyen los párrafos que permiten comprobar los horarios, rutas y tarifas del transporte, así como de la vigilancia de los prestadores del servicio.



Ley de Obra Pública



Moreno Valle envió otra iniciativa para reformar la Ley de Obra Pública del estado, en la que se le darán facultades a la Contraloría de vigilar los procesos de licitación de los proyectos.



“En los procedimientos de adjudicación de obras o servicios relacionados, podrán intervenir la contraloría social o testigos sociales, a juicio de la Contraloría”, expone el artículo 27 bis.



Cuando la Secretaría de Infraestructura cancele la participación de empresas en las licitaciones o cuando se rescindan contratos, se tendrá que dar aviso de los procedimientos a la Contraloría.



Reforma a la Ley del Agua



Dentro del paquete de iniciativas que envió el gobernador, Rafael Moreno Valle, se encuentra la reforma a la Ley del Agua del Estado, en la cual se especifica que la Comisión Estatal de Agua y Saneamiento formará parte de la Secretaría de Infraestructura.



Con esta modificación, la secretaría a cargo de Cabalán Macari coordinará con el CEAS la elaboración del programa estatal de obra hídrica, ejecutada total o parcialmente por el estado.



“Los procedimientos de adjudicación, contratación y de ejecución de la obra competencia de la comisión (CEAAS), podrá ejecutarla a través de las dependencias correspondientes”, expone el artículo 13 en la fracción XIX.



 

Rate this item
(0 votes)