Saturday, 18 de May de 2024

Jueves, 12 Marzo 2015 01:29

RIP al IEE: el INE ya prepara la transformación a OPLE

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el mecanismo para remover a los consejeros que integran los 13 institutos electorales locales en los estados en donde no habrá elecciones este año para renovar gubernaturas, alcaldías ni diputaciones locales, entre ellos la entidad poblana, con lo que se le pone fecha de defunción al Instituto Electoral del Estado (IEE) de Puebla y el despido de sus integrantes.

  • Gerardo Ruiz / @GerardoRuizPue

Los consejeros electorales poblanos y el Instituto Electoral del Estado (IEE) ya tienen fecha de defunción. Ayer el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el mecanismo para remover a los consejeros que integran los 13 institutos electorales locales en los estados en donde no habrá elecciones este año para renovar gubernaturas, alcaldías ni diputaciones locales, entre ellos la entidad poblana.

 

La desaparición del IEE para convertirse en Organismo Público Local Electoral (OPLE) se dará una vez que sean homologadas por parte del Congreso del Estado las leyes electorales en Puebla a las nuevas disposiciones federales. Aunque aún no se tiene una fecha clara para que los diputados locales aborden la armonización de la Reforma Electoral en el estado, el presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, Eukid Castañón Herrera, mencionó en entrevistas anteriores que el proceso puede comenzar una vez que pasen los comicios federales de este año, es decir a partir de julio.

 

Nuevas reglas

 

De acuerdo con reglamento aprobado por el INE, en Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Coahuila, Hidalgo, Durango, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala y Veracruz, se elegirán a tres consejeras o consejeros para un periodo de tres años; tres más por seis años, y la o el consejero presidente que durará en el cargo siete años, quienes estarán al frente de los OPLE a finales de este año.

 

El reglamento establece que los consejeros deben elegirse a través de un concurso de aptitudes, cuyas etapas serán vigiladas por todos los partidos políticos, con la oportunidad para los actuales consejeros de participar en dicha auscultación.

 

De acuerdo al reglamento aprobado, en el proceso de designación se podrán considerar los aspectos relativos a la historia profesional y laboral; apego a los principios rectores de la función electoral; aptitudes e idoneidad para el desempeño del cargo; participación en actividades cívicas y sociales, así como experiencia en materia electoral.

 

Además, en la integración del órgano superior de dirección de los Organismos Públicos se procurará una conformación de por lo menos tres personas del mismo género y una composición multidisciplinaria y multicultural.

 

Los ciudadanos que hayan sido designados como consejero presidente o consejeros electorales, deberán acreditar, dentro del término de cinco días hábiles contados a partir de la notificación del Acuerdo de designación, que no desempeñan ningún empleo, cargo o comisión, con excepción de aquellos relacionados con actividades docentes, científicas, culturales, de investigación o de beneficencia no remunerados.

 

 

 

Last modified on Jueves, 12 Marzo 2015 02:42