Friday, 17 de May de 2024

Jueves, 12 Marzo 2015 02:31

Incluyen como adorno a las Pymes en la Ley de Desarrollo Económico

Diputados locales aprobaron la iniciativa de Pablo Rodríguez Regordosa, que fue cuestionada por la iniciativa privada. A la propuesta original se agregó un capítulo en el que se detallan los apoyos a este sector,sin embargo no accederá a los incentivos millonarios que el gobierno estatal otorgará a las grandes firmas del rubro automotriz.

  • Osvaldo Macuil Rojas / @MR_Osvaldo

Aunque la Ley de Desarrollo Económico Sustentable que se aprobó en el Congreso finalmente dio cabida a las micro, pequeñas y medianas empresas, tal como había reclamado la cúpula de la iniciativa privada, su mención es decorativa y en la práctica este segmento no accederá a los incentivos millonarios que el gobierno estatal otorgará a los grandes capitales y a firmas del sector automotriz.

 

Durante la sesión del Poder Legislativo, los diputados aprobaron la legislación que presentó el panista Pablo Rodríguez Regordosa en octubre del año pasado, con el nombre de ley de promoción del crecimiento económico, y que fue cuestionada por el sector empresarial por no especificar a las Mipymes.

 

Durante los meses anteriores, se realizaron foros en universidades con la participación de académicos y empresarios para poner en la mesa sus propuestas. Al respecto, Pablo Rodríguez detalló que tras el análisis se realizaron 300 modificaciones a su propuesta original.

 

El sector empresarial y académico también tendrá participación activa en el desarrollo económico, pues formarán parte del Subcomité del Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de Puebla.

 

Este organismo podrá hacer propuestas sobre los paquetes de incentivos fiscales que debe entregar el gobierno del estado, cuando las empresas que estén interesadas en instalarse en Puebla generen al menos mil 500 empleos directos y correspondan a sectores estratégicos declarados por el Ejecutivo.

 

Las Mipymes

A la propuesta original que presentó Pablo Rodríguez se agregó capítulo IV denominado Fomento a la Creación, Desarrollo, Expansión y Sustentabilidad de las Mipymes, en el que se detallan los apoyos a este sector empresarial en cinco artículos, del 22 al 26 de la Ley de Desarrollo Económico Sustentable.

 

En el primer artículo de las Mipymes se establece que a través de la Secretaría de Competitividad, Trabajo y Desarrollo Económico, el gobernador realizará propuestas para la mejora y simplificación normativa.

 

En el artículo 23 y 24 se detalla que la Secotrade promoverá estrategias de modernización, innovación y desarrollo tecnológico, así como impulso a capacitación y formación empresarial.

 

Mientras que en el artículo 26 se expone que “el gobierno estatal gestionará ante las instancias federales competentes los programas y apoyos previstos en materia de fomento a las Mipymes, y podrá firmar los convenios pertinentes para coordinar las acciones e instrumentos de apoyo”.

 

División de las empresas

La ley que se aprobó mantiene la división de las empresas en cuatro tipos. Las que invertirán por primera vez en la entidad; las que ya están asentadas y reinvertirán; las que invierten para exportar y las que desarrollen parques industriales.

 

De igual modo, para la entrega de los incentivos financieros y no financieros, el gobierno estatal realizará esquemas de puntuación para determinar los beneficios a los que pueden hacerse acreedores los empresarios y se tomará en cuenta el monto y origen de la inversión, el giro de la empresa, los empleos que se generen, el nivel salarial y prestaciones, y si cuentan con procesos sustentables, así como la aplicación de la tecnología.

 

Se mantienen los incentivos millonarios

En los incentivos financieros es donde se detallan los grandes beneficios que tendrán los grandes capitales que lleguen al estado y están señalados en el artículo 30 de la nueva Ley de Desarrollo Económico.

 

En la fracción II se establece que uno de los incentivos será la donación del terreno en el que van a instalarse, o bien entregarles una aportación económica para que compren la propiedad a algún privado, en cuyo caso no excederá el 50 por ciento del costo total.

 

En la fracción IV se exponen que el gobierno estatal puede financiar la “realización total o parcial de obras de infraestructura, creación, instalación o mejoramiento de servicios públicos de los que la empresa sea la única beneficiaria”.

 

Los siguientes beneficios son aportaciones económicas que dependen de una fórmula matemática en la que se tomará en cuenta el gasto que realizan las empresas en nómina, en servicios, así como la tasa del Impuesto Sobre Nómina.

 

La legislación detalla que se entregarán aportaciones económicas hasta por 12 años a empresas que inviertan por primera vez montos superiores a 700 millones de dólares, así como las que reinviertan más de 500 millones de dólares y que se dediquen a la manufactura o producción automotriz.

 

“La aportación económica que resulte de aplicar el artículo 38 para las empresas de capital privado que se dediquen a la manufactura y ensamble de automóviles y que, teniendo operaciones en el estado, amplíen su inversión. La reinversión deberá importar el equivalente en moneda nacional a por lo menos 500 millones de dólares en un solo proyecto. Esta inversión deberá ser comprobada en términos de lo dispuesto por el Reglamento”, se expone en la fracción VI del artículo 30.

 

De igual modo se entregarán apoyos económicos a las empresas de manufactura o de la industria automotriz que generen más de mil 500 empleos, apoyo que se entregará por 10 años.

Last modified on Jueves, 12 Marzo 2015 02:40