Saturday, 18 de May de 2024

Martes, 30 Junio 2015 01:33

Aumentan pena por feminicidio de 40 a 60 años de prisión

La iniciativa presentada por Silvia Tanús será presentada al pleno el próximo miércoles para su discusión y posible aprobación. El presidente de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, Víctor León, destaca el avance que representa esta legislación para evitar que se presenten más muertes de mujeres por odio en el estado

  • Gerardo Ruiz / @GerardoRuizPue

Con la homologación al marco normativo federal aprobado ayer por la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso local, la pena por el delito de feminicidio ascendió de 40 a 60 años de prisión, iniciativa presentada por la líder de la bancada priista, Silvia Tanús Osorio.

 

En entrevista, el presidente de la Comisión, el diputado panista Víctor León Castañeda, informó que la iniciativa fue avalada en unanimidad por los diputados integrantes y será presentada ante el Pleno del Legislativo local el próximo miércoles, durante la sesión ordinaria para su discusión y posible aprobación.

 

El legislador de Acción Nacional mencionó que la iniciativa aprobada en comisiones representa un gran avance para la impartición de justicia en el estado y consideró que desde el Congreso del estado se está haciendo lo necesario para evitar que se presenten más muertes de mujeres por odio en Puebla.

 

“Estamos contribuyendo a dar un paso muy importante para que ojalá que este tipo de conductas no se cometan en el estado de Puebla. Nosotros estamos cumpliendo con la obligación que desde el legislativo nos compete y ya las otras instancias de gobierno les toca la otra parte”.

 

Con la reforma al artículo 331, el Código Penal poblana ahora estipulará que “el homicidio de una mujer cometido por odio en razón de género, se sancionará como feminicidio”. Mientras que la propuesta de cambio al artículo 336 estipulará que “se configura el delito de homicidio en razón de parentesco o relación, al privar de la vida a un o una ascendiente o descendiente, hermano o hermana, un o una adoptante, adoptado o adoptada, con conocimiento del parentesco; o al cónyuge, concubino, amasio o novio”.

 

En tanto, el artículo 338 Bis señala que quien cometa el delito de feminicidio se le impondrá́ una sanción de cuarenta a sesenta años de prisión y multa de quinientos a mil días de salario, por lo que penalidad podría ir de los 34 mil 125 pesos hasta los 68 mil 250.

 

El 2014, en Puebla, fue el año de los feminicidios. De inicio a fin, la entidad poblana se manchó de sangre de las 57 mujeres que fueron asesinadas de forma salvaje y sin ninguna misericordia. A la creciente violencia de género también su suma la ola de desapariciones que se han presentado en el estado, las cuales de 2008 a la fecha contabilizan 121 casos, y de éstos, más del 5 por ciento son del género femenino.

 

 

 

 

Last modified on Martes, 30 Junio 2015 03:10