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El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró anticonstitucional el candado antibronco referente a la obligación de que los ciudadanos deben presentarse personalmente ante la autoridad electoral para ratificar su apoyo al registro de un candidato independiente, que fue avalado por la mayoría morenovallista del Congreso del estado.
Con ello, la intentona del grupo en el poder por cerrar el paso a las candidaturas ciudadanas fracaso rotundamente, pues la Corte ordenara al Legislativo poblano a que se hagan las adecuaciones necesarias a la ley electoral local para emitir nuevos requisitos para obtener una candidatura ciudadana, que no sean excesivos ni desproporcionados.
La SCJN invalidó, entre otros artículos, los candados referentes al plazo de Precampañas de 10 días, la colecta de apoyos para candidaturas independientes de solo 20 días y el 3 por ciento de firmas del padrón electoral, requisitos que habían sido calificados como excesivos e irrisorios por los propios ministros.