Sabormex, Shelby Manufacturing y Nicro Bolta son tres empresas que más vierten descargas contaminantes en el cauce del Atoyac, provocando la generación de la “espuma asesina” por la presencia de cerca de 30 químicos tóxicos, por lo que ya fueron denunciadas ante las autoridades ambientales federales para ser sancionadas.
Según datos exhibidos en octubre por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) durante la presentación del Plan Integral de Atención y Prevención de Daños a la Salud en la Región de Emergencia Sanitaria y Ambiental de la cuenca hidrológica del Alto Atoyac, existen al menos 63 empresas contaminantes en Puebla y Tlaxcala.
Explicaron que en 2023 se realizaron 36 inspecciones suspendiendo seis fábricas de dos empresas al comprobarse que sus descargas contenían altos niveles de sustancias contaminantes y nocivas para la salud.
Sin embargo, fuentes consultadas revelaron que al momento operan tan sólo en la ciudad de Puebla alrededor de 57 empresas sin la supervisión de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
El 21 de marzo de 2017 la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 10/2017 en la que solicitó al gobierno del estado, en ese entonces encabezado por Antonio Gali Fayad, atender la contaminación del río Atoyac.
Para ello, la administración estatal deberá colaborar con instancias como la Comisión Nacional del Agua (Conagua), Cofepris, Semarnat y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).
En aquella ocasión la CNDH exhibió los nombres de 51 empresas contaminantes dedicadas a diferentes giros comerciales ubicadas en el estado de Puebla entre las que destacan marcas como Big Cola, Skytex México y Espintex en el municipio de Huejotzingo, así como Rassini Frenos y diversas maquiladoras de San Martín Texmelucan.
Derivado de las diferentes descargas de contaminantes y químicos, el río Atoyac acumula al momento al menos 30 sustancias tóxicas nocivas para la salud, tales como cromo, mercurio, plomo, nitrógeno, fósforo, colorantes, cianuros, sulfatos, entre otros.
De acuerdo con el artículo 414 del Código Penal Federal, se impondrán penas de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días de multa a aquellos individuos que realicen descargas de sustancias tóxicas sin previo tratamiento y que causen algún daño a los recursos naturales y a la calidad del agua.
En tanto que el Código Penal del Estado de Puebla establece en su artículo 198 sanciones de dos a diez años de prisión y multas de 30 a 5 mil UMAs (Unidades de Medida y Actualización), equivalentes a montos de entre 3 mil 112 y 518 mil 700 pesos.

Jesús Arróniz
@JesusArronizSan