Friday, 19 de April de 2024

No irán a la cárcel primodelincuentes

Viernes, 13 Diciembre 2013 01:18
Aprueban Ley de Resocialización de los Infractores Normativos, que consiste en que aquellas personas que cometan un delito por primera vez no serán recluidas, la iniciativa que presentó el gobernador Rafael Moreno Valle fue modificada en la redacción del artículo octavo,pues los criterios para decir el destino de las personas estarán normados en el reglamento de la ley que se elaborará próximamente
  • Osvaldo Macuil Rojas





En sesión ordinaria del Congreso, los diputados locales aprobaron la Ley de Resocialización de los Infractores Normativos, la cual contempla evitar que los infractores que cometen por primera vez un delito menor sean recluidos en un penal, por lo que serán sentenciados con condenas que implican trabajo social.



La iniciativa que presentó el gobernador Rafael Moreno Valle fue modificada en la redacción del artículo octavo, pues en primera instancia proponía darle facultades al Ejecutivo de decidir qué personas podrán hacerse acreedores a la pena sustituta, lo cual fue rechazado por algunos diputados pues abría la puerta de la discrecionalidad.



En la nueva conformación de este artículo, el gobernador mantendrá esta facultad, pero los criterios estarán normados en el reglamento de la ley que se elaborará próximamente.



“Artículo 8.- El Poder Ejecutivo, por sí mismo o a través del secretario general de Gobierno, podrá formular observaciones, oponerse para la resolución del procedimiento en los términos que fije el reglamento”, expone el documento que fue aprobado por unanimidad en la sesión.



Al respecto, el presidente de la mesa directiva, Gerardo Mejía Ramírez, sostuvo que se eliminó la discrecionalidad y será más transparente el criterio que se aplique cuando se niega el beneficio de esta condena.



La Ley de Resocialización de los Infractores Normativos es un complemento para el sistema penal acusatorio adversal, y lo que se pretende es reducir la población en las cárceles poblanas.



De este modo, las personas que cometan un delito menor, y que no esté relacionado con homicidios, violación o secuestro, podrán realizar acciones de trabajo social, de orientación o un tratamiento contra las adicciones, en lugar de ser recluidos.



En el caso de las personas que ya estén purgando una condena, podrán solicitar ser acreedores de este beneficio, siempre y cuando no sean considerados como presos de alta peligrosidad, pues la ley será retroactiva.

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