Domingo, 05 de Mayo del 2024

En un mes habrá fotomultas por WhatsAppear, anuncia Vivas Arroyo

En un mes habrá fotomultas por WhatsAppear, anuncia Vivas Arroyo
Viernes, 30 Junio 2017 02:29
Manuel Flores Jiménez / @manuel_jimef

En los cruceros inteligentes habrá cámaras para captar si los automovilistas hacen uso del teléfono. Los dispositivos serán colocados en seis nuevos puntos de la capital, sin embargo el subsecretario de Transportes evitó mencionarlos.



En un mes, los automovilistas no podrán ir texteando o hablando por teléfono sin ser captados por las cámaras de fotomultas en seis nuevos puntos de la capital poblana, luego  que el subsecretario de Transportes, Alberto Vivas anunciara la ampliación del Programa Monitor Vial.


“El gobernador Antonio Gali en algunas semanas estará dando la instrucción para que arranquemos los proyectos, los cuales son unos cruceros que los llaman cruceros inteligentes en los que si tú pasas por este punto, si vienes hablando por teléfono y texteando, te toma la fotografía. Es igual que la fotomulta, es el mismo procedimiento, todo es encaminado a la protección del peatón”, dijo.


Dejó en claro que los automovilistas también serán infraccionados en caso de que no porten el cinturón de seguridad y las multas serán similares a las que actualmente se manejan en Monitor Vial.


Alberto Vivas evitó mencionar los lugares en donde se instalarán los dispositivos, pero aseguró que se tienen identificados debido a que en la Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transporte (SIMT) cuenta con una base de datos en la que se concentran los puntos con mayor incidencia de accidentes automovilísticos y será referente a esto como se tome la decisión de implementar el proyecto.


El plan será implementado en algunos puntos de la Zona Metropolitana de Puebla, además de la capital y mencionó que este programa será exclusivamente para los automovilistas particulares.


Cabe destacar que el pasado 17 de mayo, CAMBIO dio a conocer que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró como inconstitucionales los Artículos 53 de la Ley de Vialidad del estado de Puebla y el Artículo 58 de su Reglamento, puesto que mediante este mecanismo de infracción se impone al propietario del vehículo y no al conductor y no señala ningún esquema para comprobar que efectivamente el titular del automotor fue quien cometió la violación al reglamento.