Friday, 26 de April de 2024

No aplicarán IEPS a la sopa, tortilla y bolillo

Martes, 31 Diciembre 2013 22:45
Por suerte para los mexicanos, la tortilla, pan de sal y sopa de pasta, quedarán libres de impuesto para 2014. El IEPS no les será aplicado porque pertenecen a la canasta básica.



A pesar de su contenido calórico, las tortillas e maíz y trigo, las pastas para sopa, así como los bolillos, teleras y pan no dulce, quedaron libres del Impuesto Especial Sobre Productos y Servicios (IEPS), según el listado publicado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).



La lista del SAT incluye tortilla de harina de trigo, las pastas de harina de trigo para sopas sin especies, condimentos, rellenos y verduras; pan no dulce como bolillo, telera, baguette, chapata, virote y similares, ninguno de ellos gravados con IEPS.



En la misma situación se encuentran el pan de caja, blanco e integral; las harinas de trigo y los alimentos a base de cereales de trigo sin azúcares, así como la tortilla de maíz, incluso cuando esté tostada; la harina de maíz de nixtamal y la masa de maíz, según lo publicado en el Diario Oficial de la Federación.



Otros productos beneficiados con esta medida tributaria son los alimentos a base de cereales para lactantes y niños de corta edad, al igual que aquellos productos de otros cereales sin azúcares.



De acuerdo a lo establecido en la reforma hacendaria, los el SAT debía completar esta lista antes que terminara en año.



Dentro de los lineamientos sel SAT, es importante mencionar que el fisco considera botanas aquellas semillas que estén fritas, tostadas u horneadas, adicionadas o no de otros ingredientes para alimentos, todas son productos sujetos al IEPS.



Estas son excepciones al artículo 2-J de la Ley del IEPS, que indica que productos empacados que contengan 275 kilocalorías por cada 100 gramos se les aplicará un impuesto del 8 por ciento. No obstante si estos productos son parte de la canasta básica, quedan exentos de este impuesto.



Fuente: SDP

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