Justifican fallo en caso Cacho


Asegura la SCJN que aceptar pruebas hubiera creado un 'estado inquisitorial'



Víctor Fuentes / Agencia Reforma

Notas Relacionadas

Encinas acusa a Marín de cooptar perredistas

Se evidencia Cantinflitas como protector de Juárez Acevedo

Juárez Acevedo será juzgado ante el Congreso

Justifican fallo en caso Cacho

Incluyen caso Aristegui

Llega Mike Méndez al PAN Municipal

El padrón del PRD no es confiable: María Elena Cruz

“Los Chuchos”, traidores del PRD: Cabrera Cruz

Suben de tono las críticas entre priistas

Mejora PC la defensa de oficio

No descartan sanciones vs constructoras de Óscar García

Desplazan a Javier García del proyecto Valsequillo

Notas Anteriores

 

La Suprema Corte de Justicia hubiera propiciado la creación de "un estado policiaco e inquisitorial" en perjuicio de los mexicanos si hubiera aceptado como prueba contra el Gobernador Mario Marín su conversación telefónica con el empresario Kamel Nacif.


Lo anterior concluye la versión final de la sentencia de la investigación de la Corte, que en noviembre pasado rechazó por 6 votos contra 4 declarar a Marín responsable de violaciones graves a las garantías individuales de la escritora Lydia Cacho.


"Esta Suprema Corte está obligada a ser escrupulosamente cuidadosa al fijar, explícita o implícitamente, los criterios de licitud en materia probatoria, pues de ellos derivarán consecuencias para la sociedad en su conjunto, es decir, más allá del caso concreto, tendrán efectos sobre todo proceso posterior y las personas en éstos involucradas", dice el fallo.


"Así, otorgarle valor a la conversación telefónica atribuida al Gobernador del estado de Puebla, supondría establecer un criterio que propiciaría la instauración de un estado policiaco e inquisitorial en perjuicio de todos los gobernados", agrega.


El documento fue aprobado el 28 de enero en sesión privada, y esta semana recibió las correcciones finales y firma de los ministros.


También fueron aprobadas ocho tesis que delimitan la actuación de las comisiones investigadoras de la Corte, entre ellas una que impide a los comisionados intervenir comunicaciones privadas como sucedió en este caso.


La sentencia, que será enviada al Congreso, enfatiza que la decisión de la Corte en nada impide a otras autoridades actuar por este caso.


"Debe ponerse énfasis en que el resultado de la presente investigación en nada impide o puede ser entendido como un obstáculo para que las autoridades competentes en la materia actúen en el ejercicio de las facultades que les hayan sido conferidas constitucional o legalmente, sean éstas de naturaleza política, administrativa o penal, locales o federales".


Sobre la supuesta tortura o maltratos a Cacho durante su traslado de Cancún a Puebla en diciembre de 2005, cuando fue aprehendida por una denuncia de difamación presentada por Nacif, la sentencia solo hace una referencia.


"Dichas condiciones materiales (del traslado), así como la presencia de personas y vehículos ajenos a los agentes de las Procuradurías estatales involucradas en el cumplimiento de la orden de aprehensión, permiten advertir la incomodidad física y muy probablemente psicológica o anímica que provocaron en la periodista Cacho Ribeiro, situación análoga a la que se produciría en cualquier persona no acostumbrada a ello".


La mayoría de ministros señaló que si bien existieron algunas irregularidades en el trámite de la denuncia contra Cacho, estas no eran la razón para esta investigación de carácter extraordinario.


"El mandato dado a la Comisión Investigadora no era para que se descubrieran las irregularidades cometidas por autoridades del fuero común, que siempre admiten medios de defensa legales expeditos a todo gobernado en el país, sino averiguar si esas irregularidades fueron producto directo de la intervención del Gobernador del estado de Puebla, al haber auspiciado u orquestado un concierto de autoridades con el propósito expreso de perjudicar a Lydia Cacho".


 
 
Todos los Columnistas