Sábado, 20 de Abril del 2024

Independientes deben reunir 66 mil firmas en un mes para ser candidatos

Lunes, 11 Febrero 2019 02:48
Independientes deben reunir 66 mil  firmas en un mes para ser candidatos

La fecha límite para recabarlas es el 14 de marzo. Los ciudadanos que aspiren a obtener el registro para participar en la elección extraordinaria tienen hasta este día para manifestar su intención ante el INE

Berenice Martínez

@bereymar



Los aspirantes a candidato independiente para gobernador de Puebla deberán reunir 66 mil 776 firmas en un mes, es decir, hasta el 14 de marzo, lo cual les permitirá obtener el registro y participar en la elección extraordinaria. El plazo para manifestar su intención ante el INE vence este día.


De acuerdo con la convocatoria que el pasado 7 de febrero emitió el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, los ciudadanos que aspiren a ser candidato a la gubernatura del estado deberán recabar 66 mil 776 firmas para obtener su registro, el equivalente a 1.5 por ciento del listado nominal con corte al 15 de diciembre de 2017.


Para contender por los municipios de Ahuazotepec deberán reunir 111 rúbricas; Cañada Morelos 205; Mazapiltepec de Juárez 31; Santa Clara Ocoyucan 343 y para Tepeojuma 99 firmas.  


Los escritos de intención los deberán presentar en original y con firma autógrafa al vocal ejecutivo de la Junta Local o Distrital del INE en Puebla.


Estos son los requisitos


La convocatoria establece que para ser electo gobernador o gobernadora los aspirantes ciudadanos deberán tener 30 años cumplidos el día de la elección, no ser funcionario federal, estatal o municipal, no pertenecer a las fuerzas armadas o militares, a menos que se separe del cargo cuando menos 90 días antes de la elección el próximo 2 de junio. 


En el caso de los Ayuntamientos los requisitos son, entre otros: tener 18 años cumplidos el día de la elección; no podrán ser electos al cargo de presidente, regidor o síndico los servidores públicos, a menos que se separen del cargo 90 días antes de los comicios. 


No podrán ser candidatos independientes quienes sean o hayan sido dirigente de comités ejecutivos nacional, estatal o municipal de un partido político, en los 12 meses previos al día de la elección del proceso electivo en el que busquen postularse, ni militantes o que hayan sido candidatos de partido o coalición en los comicios de 2018.


14 de marzo, plazo para reunir firmas


Las constancias de aspirante se emitirán el 12 de febrero por el vocal ejecutivo de la Junta que corresponda para las y los ciudadanos que hayan cumplido con los requisitos, salvo que la manifestación de intención se presente el último día, en cuyo caso la constancia se deberá emitir a más tardar el 15 de febrero.


Podrán recabar el porcentaje de firmas equivalente al 1.5 por ciento del listado nominal a partir del día siguiente que reciban la constancia de aspirante y hasta el 14 de marzo. La recolección se financiará con recursos privados de procedencia lícita. 


Los actos tendentes a reunir los apoyos ciudadanos se podrán realizar por medios diversos a radio y televisión, siempre que no constituyan actos anticipados de campaña, así como a través de la aplicación aprobada por el INE, con excepción de los municipios catalogados con marginación, donde se podrá recabar el apoyo en cédula física o papel.  


30 de marzo INE aprobará solicitudes de registro


En caso de reunir el número de firmas, las solicitudes de registro de candidaturas independientes serán del 19 al 23 de marzo en la Junta Local o Distrital que corresponda.


El Consejo Local o Distrital del INE sesionará a más tardar el 30 de marzo para aprobar las solicitudes de registro. Las y los candidatos que obtengan su registro no podrán ser sustituidos en ninguna de las etapas del proceso electoral extraordinario. En el caso de las planillas de integrantes de Ayuntamientos, que por cualquier causa faltara el candidato a presidente municipal propietario, se cancelará el registro completo de la planilla.


 

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