Viernes, 26 de Abril del 2024

CDH acusa al Congreso ante la SCJN por no aprobar el matrimonio igualitario

Lunes, 06 Enero 2020 01:34
CDH acusa al Congreso ante la SCJN  por no aprobar el matrimonio igualitario

La Comisión Estatal de Derechos Humanos de Puebla, presidida por José Félix Cerezo Vélez, presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte el pasado 27 de diciembre

José Campos

@josecamp11



El pasado 27 de diciembre la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Puebla, presidida por José Félix Cerezo Vélez, dio a conocer que presentó una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia Nacional por parte del Congreso Local, ya que no se legisló la legalización del matrimonio igualitario en el estado.


En octubre, el Congreso Local aprobó por mayoría la modificación al artículo 294 del Código Civil remitida por el gobernador Miguel Barbosa Huerta, donde se suprime que el matrimonio es únicamente para procrear, pero no se modifica el apartado que señala que es la unión entre un hombre y una mujer.


Ante esto, la diputada priista Rocío García Olmedo solicitó a la Comisión de Derechos Humanos de Puebla que presentara una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que se realizara la modificación pertinente a dicho artículo y se pudiera legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo.


De acuerdo con información proporcionada por García Olmedo a CAMBIO, el titular de la CDH Puebla, José Félix Cerezo Vélez, presentó la acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación el pasado mes.


Derivado de esto, la SCJN tiene un lapso de 90 días para dar contestación a la acción de inconstitucionalidad promovida por la CDH Puebla para obligar al Congreso a hacer la modificación para que se legalice el matrimonio igualitario.


Ante la promoción de la acción hay dos posibles caminos para la legalización del matrimonio igualitario, el primero es que la SCJN instruya al Congreso hacer las modificaciones pertinentes y el segundo es que los diputados realicen la modificación de la Ley antes de los 90 días que se tienen para la contestación.


 

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