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Jueves, 30 Agosto 2018 02:56

Reformar el artículo 392 del Código Penal de Puebla

Reformar el artículo 392 del Código Penal de Puebla Escrito Por :   José Ramón López Rubí

Así como hay que reformar la Constitución del Estado –empezando, como ya argumenté, por el mustiamente autoritario artículo 89-, hay que reformar el Código Penal poblano. Específicamente, aquí propongo reformar su artículo 392. ¿Por qué? Porque, gracias a ese artículo, el Código no se ha separado completamente (ni definitivamente) de escenas de penalización injustificable del robo por necesidad cercanas a las de Los Miserables.


 

Dice el artículo 392 que “Tratándose del delito de robo de ganado, al que se apodere por primera vez de una sola cabeza de ganado y la emplee para su alimentación o la de su familia, se le impondrá una multa de cinco a cien días de salario, o en su caso, el equivalente al valor comercial del bien”. A algunos les pareció o les parece un texto racional, humanista, magnánimo y que de hecho deja de penalizar a los pobres porque si roban por hambre los multará en lugar de enviarlos a prisión. Pero si lo pensamos bien y lo relacionamos con otros dispositivos del Código, se trata de un texto ilógico, simulador  y hasta indecente que prescribe castigar económicamente a quien roba por necesidad económica; y aun más: que realmente –e hipócritamente- seguiría castigando con cárcel a quien roba por hambre, pues ¿qué pasará en cuanto no pague la multa? ¿Lo liberarán o tendrá que quedarse “preventivamente” en la cárcel? (si fueran a liberar si no se paga la multa, ¿para qué crearon la multa en primer lugar?). Y lo más probable, acaso seguro, es que no pague. ¿No aceptan las autoridades mismas que robó por necesidad? Si tiene necesidad para robar, ¿cómo va a pagar la multa por robar por necesidad? Etcétera circular. El artículo 392 aprobado en 2011 y modificado pero esencialmente conservado en 2016 no deja de penalizar en el sentido carcelario, sigue penalizando carcelariamente por vía de un incumplimiento esperado del pago de multa. El 392 puede ser interpretado como querer encarcelar al pobre fingiendo no querer encarcelarlo. La preocupación aumenta si se vincula el artículo 392 con la fracción I del 390: “De dos a doce años de prisión y multa de cuatrocientos a quinientos días de salario, cuando el monto del ganado robado no exceda de seiscientos días de salario” (el 390 dice: “Comete el delito de robo de ganado, el que se apodere de ganado bovino, equino, caprino, ovino, porcino, de aves, conejos, fauna acuática, colmenas y otros animales que sean motivo de aprovechamiento zootécnico”). No cuesta esfuerzo alguno ver la posibilidad de que algún juez decida usar esa fracción en cuanto el acusado no pague la absurda multa dictada por el 392.

 

A  todas luces, además, el artículo choca con el 385, fracción I, de la misma sección Robo del Capítulo Decimoctavo: “El infractor quedará exonerado de toda sanción en los casos siguientes: I.- Cuando, sin emplear engaños ni medios violentos, se apodere del alimento estrictamente indispensable para satisfacer sus necesidades personales o familiares de alimentación del momento”. Salvo que mágicamente la multa no sea una sanción o lo sea sólo algunas esotéricas veces, ¿tenemos que decir más? Entonces, o hay que hiperprecisar el artículo 385 o tirar a la basura la versión vigente del 392. Y al basurero pertenece. Lo justo es eliminar toda referencia a cárcel, multa y aquello de “por primera vez” cuando alguien en estado de necesidad ha robado una cabeza de ganado con fines de alimentación individual o familiar. También convendría decir algo al respecto, explícita y claramente, en el articulado del Capítulo Quinto del Código, “Causas de Exclusión del Delito”. ¿Por qué no?

 

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