Jueves, 25 de Abril del 2024

Otra vez pierde Eleazar y Villarroel es candidato de Morena en Atlixco

Viernes, 29 Junio 2018 02:18
Otra vez pierde Eleazar y Villarroel es candidato de Morena en Atlixco

Dejan sin efecto la designación de Eleazar Pérez Sánchez como aspirante a la alcaldía. La Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena había cancelado la designación de Villarroel García como abanderado a la presidencia de ese municipio

Berenice Martínez / @bereymar



La Sala Regional de la Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, que canceló la candidatura para la alcaldía de Atlixco a Juan Antonio Villarroel García, después de que éste se fue tres días al Mundial de Rusia 2018.


Con lo anterior, el empresario Juan Antonio Villarroel continúa siendo el abanderado oficial y será votado en la elección del primero de julio, por lo que queda sin efecto la candidatura de Eleazar Pérez Sánchez, a quien Morena había nombrado abanderado sustituto.


En sesión pública de este jueves, los magistrados resolvieron el expediente SCM-JDC-825/2018 que presentó el aspirante para presidente municipal de Atlixco, con el fin de echar abajo la determinación del 21 de junio de la Comisión Nacional de Morena que le quitó la candidatura por "desatender sus obligaciones de campaña".


Villarroel aparecerá en boletas en elección del 1 de julio


Por unanimidad de votos, los integrantes de la Sala Regional de la Ciudad de México determinaron que la citada comisión no justificó esa resolución, ya que la presunta renuncia de Juan Antonio Villarroel no estaba ratificada, además, el Instituto Electoral del Estado (IEE) ya le había dado el registro, de modo que aparecerá en las boletas electorales.


"El órgano responsable para tener por acreditada la conducta que se le atribuyó al actor, consistente en el abandono de sus obligaciones de campaña, se basó en la supuesta renuncia del promovente a su candidatura, sin embargo, en el juicio ciudadano resuelto por esta sala regional ya se realizó un pronunciamiento, preciso, claro e indubitable sobre que para tener por acreditada la renuncia era indispensable contar con la ratificación de ésta”, se señaló.


Por eso, los magistrados determinaron revocar la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, ya que no se realizó una adecuada individualización de la sanción, pues sólo se indicaron las sanciones aplicables, sin argumentar las razones.


“Es un imperativo constitucional que toda sanción debe ser proporcional a la gravedad de la conducta, por lo anterior y toda vez que el derecho a ser votado del actor no puede restringirse sino mediante un procedimiento en el que se siguen las formalidades esenciales, se propone revocar el acto impugnado", se determinó.