El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) declaró improcedente las quejas interpuestas por Morena en contra de la candidata al gobierno del estado Martha Erika Alonso Hidalgo por la publicidad que circuló en el transporte público durante el periodo de intercampañas al considerar responsable a la empresa encargada de colocar la publicidad.
En este sentido la ponencia del magistrado Gerardo Chevalier Ruanova indicó que la Secretaría de Infraestructura, Movilidad y Transporte (SIMT) deberá de informar a la empresa sobre la sanción que recibirá.
Del mismo modo el organismo declaró improcedente la queja interpuesta por Morena en contra de Alonso Hidalgo por haber asistido a actos de campaña del candidato presidencial Ricardo Anaya Cortés, puesto que en ningún momento solicitó el voto a su favor.
Dicha ponencia también estuvo a cargo de Chevalier Ruanova, que indicó que para incurrir en acto anticipado de campaña se debe pedir el voto a favor de un candidato o exhortar a la sociedad a no dar el apoyo a un abanderado.
David Meléndez