Viernes, 26 de Abril del 2024

Diputados barbosistas se doblan; corrigen reforma para nombrar ediles sustitutos

Jueves, 08 Noviembre 2018 02:50
Diputados barbosistas se doblan; corrigen reforma para nombrar ediles sustitutos

Aprueban por segunda vez el dictamen de la iniciativa presentada por JJ luego de observaciones por parte del gobernador Gali. Con la modificación aprobada se establece que, en caso de una ausencia definitiva, los integrantes del Cabildo correspondiente elegirán de entre a sus integrantes al suplente del alcalde.

Luis García

@luis_ggarnica



Los diputados de Morena se ‘doblaron’ ante el Ejecutivo del estado al retomar la redacción original el artículo 52 de la Ley Orgánica Municipal, que refiere como primera opción que sean los miembros del Cabildo quienes nombren a un edil sustituto y, en caso de no haber acuerdo, pueda intervenir el Congreso.


Durante la sesión ordinaria de este miércoles, por unanimidad fue aprobado por segunda vez el dictamen de la iniciativa presentada por el diputado del PT José Juan Espinosa Torres, luego que ésta tuviera observaciones por parte del gobernador Antonio Gali Fayad.


Cabe recordar que la modificación original que plantearon los barbosistas consistía en que los miembros del cabildo fueran los únicos que intervinieran en la designación de un presidente municipal sustituto.


Con la modificación aprobada este miércoles se establece que, en caso de una ausencia definitiva, los integrantes del Cabildo elegirán de entre a sus integrantes al edil sustituto.


Sin embargo, el dictamen aprobado precisa que en caso que después de 15 de días de la ausencia definitiva del titular del Ayuntamiento los regidores no elijan entre ellos a un sustituto, serán los integrantes del Poder Legislativo quienes ejerzan esta facultad.


“Si el suplente, por cualquier motivo no se presentase, el Ayuntamiento definirá por mayoría, de entre sus integrantes, al presidente municipal sustituto. En caso de que los integrantes del Ayuntamiento no llegaren a un acuerdo en el término de quince días naturales, el Congreso del Estado designará al presidente municipal sustituto”, indica la reforma al artículo 52 de la Ley Orgánica Municipal.


Fueron los diputados morenovallistas de la Quincuagésima Novena Legislatura los que aprobaron la modificación al artículo 52 de la Ley Orgánica Municipal, con la que atrajeron la facultad de nombrar a los presidentes municipales, quitándosela a los integrantes de los Cabildos.