Además de hacerse acreedores a sanciones de hasta dos años de prisión, quienes incurran en los delitos de acoso y hostigamiento sexual en contra de las mujeres deberán someterse a cursos de reeducación y sensibilización. Ello fue una propuesta del gobernador Antonio Gali Fayad para dar cumplimiento a las recomendaciones de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim).
Este viernes, ante el Congreso del Estado el Ejecutivo presentó un paquete de iniciativas de reforma entre las que destaca la modificación al artículo 287 Quater de Código Penal local, además de las modificaciones a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y a la Ley Orgánica Municipal.
En la reforma al Código Penal, a quienes incurran en el delito de acoso sexual en contra de las mujeres se les impondrá, además de la sanción económica que oscila entre los cuatro mil 30 y los 24 mil 180 pesos, una penalización corporal de hasta un año de prisión.
“Cuando la víctima sea mujer, en el caso del delito de acoso sexual, se impondrá además de la sanción pecuniaria señalada para tal efecto, de un mes a un año de prisión”, precisa la reforma al artículo 287 Quater del Código Penal de Puebla.
De igual forma, en el caso del hostigamiento sexual, en que la pena es de seis meses hasta dos años, cuando la víctima sea mujer el agresor podrá ver incrementada su sanción hasta en dos terceras partes.
En ambos casos, de acuerdo con la propuesta del mandatario poblano, los agresores que incurran en hostigamiento o acoso sexual deberán someterse a un curso de reeducación conforme a las normas que establece la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla.
Homologan la Ley General con ordenamientos federales
Por otro lado, en cuanto a la reforma a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de Puebla, el gobernador Antonio Gali propuso modificar el término ‘ofendida’ por el de ‘víctima’ y la definición ‘derechos fundamentales de las mujeres’, por ‘derechos humanos de las mujeres’.
Lo anterior según los términos establecidos en la Ley General para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de orden federal, por lo que estas modificaciones responden a una homologación con la ley federal.
En el caso de la modificación a la Ley Orgánica Municipal, el gobernador propone facultar a los ayuntamientos para que dentro de cada uno de sus reglamentos se incluya la garantía a las mujeres de una vida libre de violencia.
Será este viernes cuando en sesión extraordinaria los diputados aprueben el paquete de iniciativas del gobernador Antonio Gali para dar respuesta a las recomendaciones de la Conavim.
Luis García
@luis_ggarnica